El Registro Mercantil y cuentas anuales


Los empresarios están obligados por ley a presentar sus cuentas anuales y depositarlas en el Registro Mercantil cada año. El plazo para hacerlo es de un mes a partir de la aprobación de las cuentas de la empresa, cuyo plazo es de 6 meses. En la práctica, como la gran mayoría de empresas han fijado como ejercicio económico el año natural, hace que el período voluntario para el depósito en el Registro Mercantil finalicé el 31 de julio.

Una vez presentadas las cuentas anuales, si estas contuvieran algún error, produciéndose una calificación negativa, se le comunicaría a las empresas mediante escrito en el plazo de 15 días, pudiendo  la empresa presentar recurso o realizar la subsanación del error.

Si las cuentas están correctas, el registrado procederá a su registro remitiéndolas al Registro Mercantil Central para su publicación en el BORME, indicando si se han presentado en tiempo y forma.

El Registro Mercantil conservará las cuentas anuales presentadas por cada empresa por un periodo obligatorio de 6 años desde la fecha del anuncio de su depósito en el BORME.

Tipos de Cuentas Anuales

  • Cuentas Anuales normales
  • Cuentas Anuales abreviadas, solo aplicable a empresas en estos casos:
    • Para el Balance, memoria y estado de cambios en el patrimonio neto abreviado solo cuando se cumplan dos de estos supuestos durante dos ejercicios consecutivos, a fecha de cierre de cada uno de ellos:
      • Que el total de las partidas del activo no supere los 4 millones de euros
      • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 8 millones de euros
      • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50
    • Para la cuenta de pérdidas y ganancias solo cuando se cumplan dos de los siguientes requisitos durante dos ejercicios consecutivos, a fecha de cierre de cada uno de ellos:
      • Que el total de las pérdidas de activo no supere los 11.400.000 euros
      • Que el importe neto de su cifra de negocios no supere los 22.800.000 euros
      • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 250
    • Cuentas Anuales PYME

Trámites con el Registro Mercantil

A continuación se encuentran los trámites que puede realizar online con el Registro Mercantil:


Contacto con el Registro Mercantil