Trámites con el Registro de Bienes Muebles de Ávila
Contacto
- Dirección: C. Duque de Alba, 6, Portal 1 – 1º, 05001 Ávila
- Teléfono: 920 35 27 10
Horario
El Registro de Bienes Muebles de Ávila estará abierto al público a todos los efectos, incluido el de presentación de documentos, de lunes a viernes desde las nueve a las diecisiete horas, salvo el mes de agosto y los días 24 y 31 de diciembre en que estará abierto desde las nueve hasta las catorce horas.
¿Qué es el Registro de Bienes Muebles de Ávila?
El Registro de Bienes Muebles de Ávila es un Registro llevado por los Registradores de la Propiedad y Mercantiles, bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, que tiene por objeto la publicidad de la propiedad y de las cargas y gravámenes sobre bienes muebles, así como las condiciones generales de la contratación.
Al igual que en el Registro de la Propiedad se inscriben los bienes inmuebles, en el Registro de Bienes Muebles de Ávilase inscriben los contratos sobre bienes muebles, esto es, bienes susceptibles de desplazamiento.
Contratos inscribibles en el Registro de Bienes Muebles de Ávila
a) los contratos de venta a plazos.
b) los arrendamientos financieros (leasing).
c) otros contratos de arrendamientos (renting, lease back, arrendamientos ordinarios).
d) hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento.
e) hipoteca naval.
f) anotaciones de embargo y de demanda sobre bienes muebles.
g) compraventas ordinarias de bienes muebles.
h) cualesquiera contratos onerosos o gratuitos, intervivos o mortis causa, sobre tales bienes.
i) las condiciones generales de la contratación.
Secciones del Registro de Bienes Muebles
El Registro de Bienes Muebles de Ávila está integrado por las siguientes secciones, clasificadas por razón del objeto:
1.- Sección de Buques y Aeronaves. Aquí se inscriben las hipotecas navales, compraventas, leasing y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo y demás gravámenes sobre buques y aeronaves.
2.- Sección de Automóviles y otros Vehículos de Motor. Es la Sección donde se inscriben las ventas a plazos, leasing, renting y cualesquiera contratos, anotaciones de embargo y demás gravámenes sobre automóviles y vehículos de motor.
3.- Sección de Maquinaria industrial, establecimientos mercantiles y bienes de equipo. Aquí se inscribirán las hipotecas mobiliarias sobre maquinaria industrial o establecimientos mercantiles, así como las anotaciones de embargo y demás gravámenes sobre tales bienes.
4.- Sección de garantías reales. En ella se inscriben las hipotecas mobiliarias y prendas sin desplazamiento sobre derechos de propiedad industrial e intelectual.
5.- Sección de otros bienes muebles registrables. Aquí tendrían cabida los contratos y gravámenes sobre otros bienes tales como títulos valores nominativos, participaciones sociales, licencias de pesca o otras de carácter administrativo susceptibles de transmisión.
6.- Sección del Registro de Condiciones Generales. En ella se depositan las condiciones generales y se inscriben las sentencias judiciales que les afectan.
Sede de los Registros de Bienes Muebles
Hasta que no se modifique la demarcación registral correspondiente al Registro de Bienes Muebles, las secciones que lo integran siguen a cargo de los Registradores Mercantiles Provinciales, salvo la sección de buques cuya llevanza sigue a cargo de los Registradores de Buques. Todos ellos están coordinados entre sí con el Registro Central, que es además el competente en materia de aeronaves.
En el Registro de Bienes Muebles de Ávila se han unificado por tanto todos los Registros mobiliarios hasta ahora existentes. Así los libros del Registro de Hipoteca Mobiliaria y Prenda Sin Desplazamiento hasta entonces existentes en los Registros de la Propiedad se han trasladado a los Registros Mercantiles Provinciales encargados del Registro de Bienes Muebles.
El Registro Central de Bienes Muebles, que es el Registro coordinador de todos los Registros de Bienes Muebles, tiene su sede en Madrid, en el Paseo de la Castellana 44.
Reserva de dominio
¿Qué es la reserva de dominio? ¿Qué debo hacer si mi coche la tiene?
Este término está presente en muchos ámbitos de la financiación de bienes y la adquisición de vehículos no escapa a ello.
La reserva de dominio es un acuerdo pactado entre comprador y vendedor que viene incluido en los contratos de financiación a plazos y que, básicamente, estipula que la persona o entidad que vende el coche sigue siendo la propietaria del mismo mientras no se termine de pagar la deuda.
En este caso el comprador puede hacer uso del coche en cuestión, pero no tiene la autorización para venderlo, cambiarlo de titular o darlo de baja sin el consentimiento de la financiera, que generalmente no llega hasta que se ha terminado de pagar el vehículo.
Por ello, cuando se afronta la compra de un vehículo usado, es altamente recomendable pedir un informe en la Dirección General de Tráfico que indique si existen cargas administrativas pendientes o reserva de dominio. En caso afirmativo, hay que negociar la venta también con la financiera.
Cancelar la reserva de dominio
Siempre y cuando hayamos pagado íntegramente nuestro vehículo, liberarlo de la reserva de dominio es posible y relativamente sencillo, además de recomendable. Y es que, aunque hayamos terminado de pagar la financiación, la reserva no desaparece por sí sola y debemos tramitar su baja para poder actuar con libertad en el futuro:
- Solicitar una nota simple en el Registro de Bienes Muebles de Ávila.
- Solicitar la carta de pago a la financiera.
- Solicitar el levantamiento de la reserva de dominio en el Registro de Bienes Muebles de Ávila.
- Acudir a la Dirección General de Tráfico pasados 15 días para certificar que el vehículo está a nuestro nombre.
¿Puedo comprar o vender un coche con reserva de dominio?
No es posible. Si no has cancelado la reserva de dominio en el Registro de Bienes Muebles de Ávila el coche no te pertenece y, por tanto, no puedes tramitar ningún tipo de transferencia de titularidad, pues la Dirección General de Tráfico denegará cualquier solicitud.
Independientemente de si el coche ya ha sido pagado por un nuevo comprador, el titular del crédito y la financiera serán las únicas partes con capacidad para resolver el asunto. Igualmente, no podrás darlo de baja o regalarlo a otra persona, ya que, de nuevo, Tráfico denegará cualquier trámite que necesite de un cambio de titularidad.
¿Qué es la reserva de dominio en un contrato?
Una reserva de dominio es un pacto entre el vendedor y el comprador que puede venir recogido en los contratos de compraventa con pago aplazado, y en virtud del cual, el vendedor conserva la propiedad y el dominio del bien sobre el que se realiza la compraventa.
La reserva de dominio se regula en la Ley 28/1998, de 13 de julio, de Venta a Plazos de Bienes Muebles, como una cláusula que se puede incluir, si las partes así lo convienen, en los contratos en los que resulta aplicable esta ley, que regula los contratos de venta a plazos de bienes muebles corporales, no consumibles e identificables, así como los contratos de préstamos que facilitan su adquisición, y las garantías que se crean con objeto de asegurar que se cumplen las obligaciones que surgen de los mismos.
Así pues, la reserva de dominio no es una cláusula que de manera necesaria tengan que contener los contratos anteriores, por lo que si no aparece expresamente en estos, se entenderá que no se ha incluido.
No obstante, cabe destacar que esta figura constituye la garantía por antonomasia de los vendedores a plazos de bienes muebles, junto con la prohibición de disponer mediante la anotación en el Registro de Bienes Muebles de Ávila.
La reserva de dominio es un instrumento legal que se utiliza básicamente en la compraventa de coches.
¿Qué pasa si un contrato lleva reserva de dominio?
Si un coche tiene una reserva de dominio, supone que mientras esta se encuentre en vigor, quien lo compra no se convierte en su dueño, y por ello no podrá venderlo ni tampoco darlo de baja.
Antes de comprar un vehículo es muy importante saber si cuenta con una reserva de dominio en favor de una determinada financiera, ya que en este caso no podrá cambiarse la titularidad del mismo hasta que se pague por completo.
Hay que tener en cuenta que el hecho de inscribir la reserva de dominio en el Registro de Bienes Muebles de Ávila no constituye el derecho protegido, pero da una protección frente a terceros, tanto al vendedor como al comprador.
Es decir, que el comprador estará protegido frente a ventas posteriores del mismo bien que pudiera pretender realizar el vendedor, de forma que los nuevos compradores no pueden alegar que desconocen la venta anterior, ya que la reserva de dominio ha sido debidamente inscrita.
Por otra parte, el vendedor tendrá la preferencia en los créditos prendarios frente a terceros embargantes por deudas correspondientes al comprador, interponiendo la tercería de mejor derecho o de dominio correspondiente, en función de que el crédito esté vendido o no.
Del mismo modo, su posición se blinda frente a posibles ventas del bien realizadas por parte del comprador a otras personas, y por ello podrá llevar a cabo la acción reivindicatoria del bien o resolutoria del contrato.
Debemos recordar que para que la reserva de domino pueda surtir estos efectos es necesario que el contrato de compraventa a plazos con reserva de dominio haya llegado al Registro de Bienes Muebles de Ávila.
¿Cómo saber si un coche tiene reserva de dominio?
Para saber si un coche tiene una reserva de dominio se puede solicitar un informe a Tráfico o una Nota Simple del Registro de Bienes Muebles de Ávila, donde también te informarán de cualquier carga administrativa que pueda afectar al vehículo.
¿Cómo se anula la reserva de dominio por pasos?
Tan pronto como se termine de pagar el vehículo es fundamental cancelar la reserva de dominio del Registro de Bienes Muebles de Ávila.
Se trata de un trámite sencillo, pero mientras no se realice, no se podrá llevar a cabo ningún acto de disponibilidad sobre el coche.
Es muy importante tener esto en cuenta, que se haya terminado de pagar el coche no significa que la reserva de dominio del Registro de Bienes Muebles de Ávila desaparezca automáticamente. Es necesario realizar una serie de pasos para levantarla:
- Paso 1. Tenemos que solicitar una nota simple del automóvil en el Registro de Bienes Muebles de Ávila.
- Paso 2. Después hay que pedirle al banco o la financiera una acreditación de que el vehículo se ha pagado ya, es decir, una carta de pago original. Para ello hay que adjuntar la nota simple que se solicitó, y en un plazo de diez días aproximadamente, se recibirá una carta de cancelación (en algunos casos se cobra por ella).
- Paso 3. A continuación hay que dirigirse al Registro de Bienes Muebles de Ávila, para solicitar que se anule la reserva de dominio, aportando la carta de pago, el impreso de cancelación y el pago de las tasas correspondientes. Sobre la marcha habrá que realizar el pago del coste que suponga este trámite (que es variable).
- Paso 4. Una vez realizados los pasos anteriores, habrá que esperar quince días para que las carga de propiedad queden actualizadas.
- Paso 5. Y finalmente, hay que ir a Tráfico para certificar que en efecto el coche se encuentra a nombre de su nuevo titular.
Si un coche con reserva de dominio tiene un accidente, ¿Qué ocurre?
Aunque el coche tenga un accidente, habrá que pagar igualmente a la financiera. Ello hace que sea especialmente aconsejable asegurar a todo riesgo un vehículo sobre el que pese una carga de este tipo.
En un concurso de acreedores, ¿Qué derechos tiene el vendedor con reserva de dominio?
Si se produce un concurso de acreedores, se reconoce a favor de este vendedor/acreedor un privilegio especial sobre los bienes que son objeto de la compraventa a plazos (normalmente será un coche, como hemos visto ya), aunque el concursado no tenga la plena propiedad de dichos bienes.
Por otra parte, se regula el plazo a partir del cual el acreedor podrá ejercitar las acciones necesarias para recuperar la posesión del bien vendido a plazos, de forma que se otorga un derecho de ejecución separada del crédito sobre el bien del que se trate. Ese plazo es hasta la aprobación del convenio de acreedores, o de un año si no se abre la fase de liquidación, si se trata de bienes necesarios para continuar con una actividad empresarial.
Para poder disfrutar del privilegio especial que establece el artículo 90.1.4º de la Ley Concursal es necesario que la reserva de dominio esté inscrita debidamente, según lo dispuesto en los artículos 15.1 de la Ley de Venta a plazos de bienes muebles y 56.1.II a) de la Ley Concursal.
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