La información del Registro es pública, pero solo se facilita a quien tiene interés legítimo en saber la situación de una finca concreta y es el registrador quien debe decidirlo. Esta información se obtiene de dos formas: a través de una nota simple o de una certificación. Ambas contienen la descripción de la finca, la titularidad y las cargas si las tiene. La diferencia es que la nota simple es solo informativa, mientras que la certificación está firmada por el registrador.
Además, desde la ley 13/2015 la descripción de las fincas va acompañada de una representación gráfica georreferenciada de la parcela, al establecerse una coordinación entre el catastro y el Registro de la Propiedad. La finalidad es dar mayor seguridad a los datos de ubicación, delimitación y superficie de las fincas.
Trámites con el Registro de la Propiedad
A continuación se encuentran los trámites que puede realizar online con el Registro de la Propiedad: